CONSULADO GENERAL DEL PERU
NAGOYA – JAPON
AVISO CONSULAR
DIRECTIVA SOBRE EL ENVÍO DE COMUNICACIONES, DOCUMENTOS Y REALIZACIÓN DE TRÁMITES
Este Consulado General informa a la comunidad peruana residente en su jurisdicción, que se vienen recibiendo sobres enviados por connacionales con documentos, fotos, giros o dinero en efectivo, certificados, etc. sin estar acompañados de una carta o comunicación en la que se exprese de manera clara y escueta cuál es el trámite y/o consulta que se requiere.
Esta situación genera confusiones, demoras innecesarias y pérdidas de tiempo en la atención de tales casos, en perjuicio de los propios solicitantes y del resto del público que requiere nuestros servicios, ya que se debe contactar con las personas interesadas a fin de determinar exactamente la naturaleza del trámite requerido y poder así derivar su procesamiento al funcionario (a) responsable del mismo.
Del mismo modo, cabe reiterar a los connacionales, que la gran mayoría de los trámites son personales. Sólo se recibirán por correo las solicitudes de partidas de nacimiento, matrimonio y/o defunción, siempre que vengan acompañadas de una carta ó solicitud en la que se indique el nombre del titular del documento, del solicitante, dirección y número de teléfono y la copia del DNI. También se podrán hacer llegar cartas con las minutas o proyectos de poderes y/o cualquier otro documento que deba ser elevado a escritura pública, a fin de programarle la cita correspondiente para el trámite. Ante cualquier duda, se solicita efectuar primero la consulta telefónica correspondiente, a fin de no efectuar un gasto innecesario de un doble envío y dilatar además la resolución del trámite requerido.
Se recuerda también a la comunidad peruana residente en nuestra jurisdicción, y al público en general, que está terminantemente prohibida la intervención de todo tipo de tramitadores, asesores, gestores o intermediarios de cualquier naturaleza, en todo trámite que se efectúe ante este Consulado General; en estricto cumplimiento de las disposiciones e instrucciones impartidas por el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú.
Del mismo modo, se pone en conocimiento de los connacionales y del público en general, que en esta Oficina Consular no se proporcionan datos de personas o entidades que efectúen labores de orientación, elaboración, asesoramiento y/o tramitación de documentos de ningún tipo o denominación- sea en el Japón o en el Perú, en observancia del principio de transparencia y el estricto cumplimiento de las disposiciones e instrucciones a que se hace referencia en el párrafo anterior.
Finalmente, se recuerda una vez más a la comunidad nacional residente en nuestra jurisdicción que toda la correspondencia enviada a esta Misión Consular, debe estar dirigida al Cónsul General del Perú en Nagoya, quien la decretará al funcionario (a) administrativo (a) responsable del área pertinente, para su trámite correspondiente. A la luz de lo anterior, NO se aceptarán trámites de documentos que no vengan acompañados de la señalada carta o solicitud explicativa, dirigida al Cónsul General del Perú en Nagoya; y no simples notas, tarjetas, o sólo documentos, enviados a nombre de los funcionarios administrativos de esta Oficina Consular.
Del mismo modo, las consultas telefónicas y/o, por correo electrónico, deben ser efectuadas exclusivamente a los números telefónicos de nuestra central: ……….; al correo electrónico oficial de este Consulado General: …………………………..y/o a las redes sociales Facebook y Twitter; y NO a los teléfonos celulares personales o residenciales de ninguno de los funcionarios que laboran en esta Oficina Consular.
El Consulado General del Perú en Nagoya agradece a la comunidad peruana residente en su jurisdicción y al público en general, la observancia de las recomendaciones contenidas en la presente Directiva, que sólo tienen la finalidad de prestarles cada día una mejor y más rápida atención de sus requerimientos.
Nagoya, 30 de agosto de 2011